Descripción
En un extenso y minucioso análisis, el autor evidencia las contradicciones y distorsiones generadas por la incorrecta trasposición de la cláusula antiabuso de la Directiva 90/434/CE, a raíz de la Ley 14/2000, relacionándolas con la jurisprudencia vertida por el Tribunal de Luxemburgo, o la necesidad, en un contexto regulatorio comunitario que no los exige, de 100 socios o partícipes, lo que constituye una invitación en toda regla a la deslocalización, fácilmente practicable al amparo de la libertad de movimiento de capitales, de la libre comercialización de las acciones o participaciones de las IIC en el ámbito comunitario, así como de la libre prestación de servicios de gestión en el mismo.
Particular atención merece la aptitud de las IIC para disfrutar los beneficios de los convenios bilaterales para eliminar la doble imposición, teniendo en cuenta que los suscritos por España no suelen hacer referencia a las IIC. Asimismo, es objeto de análisis la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo en el caso Delaware Pooled Trust sobre la comparabilidad, que podría no ser precisamente la más acertada.