Sucesión mortis causa en el patrimonio digital: objeto, sujetos y forma
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La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de noviembre de 2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales ha devuelto a la máxima actualidad, si es que alguna vez la había perdido, el debate relativo al tratamiento y protección de los datos personales, su protección post mortem y la sucesión mortis causa en el llamado patrimonio digital.
Descripción
La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de noviembre de 2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales ha devuelto a la máxima actualidad, si es que alguna vez la había perdido, el debate relativo al tratamiento y protección de los datos personales, su protección post mortem y la sucesión mortis causa en el llamado patrimonio digital.
Al respecto, como señala el Preámbulo de la citada ley, Internet se ha convertido en una realidad omnipresente tanto en nuestra vida personal como colectiva. Una gran parte de nuestra actividad profesional, económica y privada se desarrolla en la Red y adquiere una importancia fundamental tanto para la comunicación humana como para nuestra vida en sociedad.
Información adicional
| Autor | María Serrano Fernández |
|---|---|
| Editorial | |
| Edición | 2024 |
| Páginas | 150 |
CAPÍTULO PRIMERO. RAZONES DE SU ESTUDIO
CAPÍTULO SEGUNDO. DELIMITACIÓN DE LA MATERIA
CAPÍTULO TERCERO. DERECHO DE SUCESIONES Y PATRIMONIO DIGITAL: CONTENIDO DEL CAUDAL RELICTO
3.1. Algunas cuestiones previas
3.2. Objeto de la sucesión: ¿Qué bienes o derechos integran el caudal relicto?
CAPÍTULO CUARTO. SUJETOS LEGITIMADOS PARA EL ACCESO Y GESTIÓN POST MORTEM DE LOS DATOS Y CONTENIDOS DIGITALES
4.1. Regulación jurídica
4.2. Los sujetos legitimados por el causante
4.3. Sujetos legitimados por ley
4.4. Prohibición legal de acceder a los datos personales y contenidos digitales del fallecido
4.5. Legitimación en caso de que el fallecido sea un menor de edad
4.6. Legitimación en el caso de que el fallecido sea una persona con discapacidad
CAPÍTULO QUINTO. FACULTADES DE LOS LEGITIMADOS PARA GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES Y CONTENIDOS DIGITALES DE UNA PERSONA FALLECIDA
5.1. Introducción
5.2. Antecedentes
5.3. Facultades de los legitimados por ley
CAPÍTULO SEXTO. FORMA DE LA DISPOSICIÓN MORTIS CAUSA DEL PATRIMONIO DIGITAL Y DE LOS INSTRUMENTOS PARA DESIGNAR LOS GESTORES DE LOS DATOS PERSONALES Y CONTENIDOS DIGITALES
6.1. Cuestiones terminológicas
6.2. El testamento notarial como cauce para disponer mortis causa del patrimonio digital
6.3. Instrumentos para formular las instrucciones y designar los gestores post mortem de los datos personales y contenidos digitales
6.4. ¿Existe preferencia entre los distintos instrumentos utilizados para designar los gestores de los datos y contenidos digitales?
6.5. El Registro Público
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA





