Descripción
El texto trata sobre la influencia de las tendencias de moda en la terminología y práctica del Derecho, enfocándose en el caso del Derecho Urbanístico en Andalucía. Destaca cómo ciertas palabras, como «participación» y «transparencia», tuvieron su apogeo y luego desaparecieron. Hoy, el término de moda es «sostenibilidad», ampliamente usado en la nueva «Ley de impulso a la sostenibilidad del territorio de Andalucía». Sin embargo, se critica la falta de claridad sobre lo que la Ley entiende por «desarrollo sostenible».
El autor lamenta la ausencia de definiciones claras para términos clave como «desarrollo sostenible» y «ciudad compacta» en el nuevo marco legal. Estos términos se usan a menudo pero no se definen con precisión, lo que puede conducir a interpretaciones divergentes y confusión en la aplicación de la ley. El autor destaca la importancia de proporcionar directrices y estrategias claras para abordar estos conceptos y favorecer una ciudad compacta y sostenible.
El texto también critica la urbanización dispersa, caracterizada por el uso excesivo de vehículos y el consumo intensivo de territorio, que aumenta los costos de construcción y mantenimiento. Asegura que esta forma de urbanización es el resultado de políticas erróneas que han llevado a la cesión de suelo y aprovechamiento a propietarios y empresarios inmobiliarios, quienes a su vez trasladan estos costos al ciudadano medio.
El autor propone el uso de «Normas Directoras», herramientas de soft law que pueden proporcionar recomendaciones y directrices para la acción municipal en materia de urbanismo. Este enfoque recuerda a las comunicaciones de la Comisión Europea en el ámbito del Derecho de la Competencia. Argumenta que si la Administración andaluza hace uso de estas directrices y recomendaciones, la nueva cultura urbanística basada en la sostenibilidad puede arraigar rápidamente.
En conclusión, el texto enfatiza que la nueva Ley de impulso a la sostenibilidad del territorio de Andalucía puede ser el comienzo de una nueva etapa en el urbanismo andaluz y español, si se aplica correctamente y con claridad. Para ello, es fundamental la educación en torno a estos conceptos y la implementación de herramientas de soft law. El autor finaliza felicitando a Salvador MARTÍN VALDIVIA y su equipo por su estudio de la nueva Ley, que considera un aporte valioso para la comprensión y correcta aplicación de esta.